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Preguntas frecuentes
11. ¿Cuáles son los documentos que deben considerar las instituciones a la hora de implementar un sistema de créditos académicos para generar la movilidad estudiantil universitaria?
En el caso de la movilidad estudiantil, se requiere que las instituciones participantes establezcan convenios bilaterales que incorporen la transferencia de créditos. Estos convenios debieran establecer al menos un “contrato de estudio” entre las tres partes involucradas: el estudiante, la institución de origen y la institución que recibe al estudiante. Este contrato debe establecer las actividades curriculares del estudiante, el reconocimiento pleno de esta actividad en su institución de origen y las condiciones en que el estudiante se incorpora a la institución receptora. Todo esto se realiza con la moneda de cambio llamada Crédito SCT-CHILE.
Para generar movilidad estudiantil es necesario que las carreras tengan una descripción adecuada (ojalá de manera estándar para todas las instituciones) de sus programas de estudio, que la relación entre el estudiante y las instituciones participantes se establezca sobre bases sólidas y transparentes, y que las instituciones tengan un sistema que permita informar de los resultados (calificaciones) del estudiante.
El Proyecto de Créditos generará una propuesta instrumental para facilitar la movilidad estudiantil, la que estará disponible durante el año 2008, mediante el proyecto MECESUP 2, “Formación de Recursos Humanos en la Universidades del CRUCH para la Innovación y Armonización Curricular”. |

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